Se aprobó la ley Ingrid en Quintana Roo

Se aprobó la ley Ingrid en Quintana Roo por la XVI Legislatura del Congreso; de forma unánime para sancionar a quienes revelen información de investigaciones en curso, tales como fotografías

En Quintana Roo esta ley, ha sido promovida por Edgar Gasca Arceo; para poder garantizar los Derechos Humanos y la dignidad de las víctimas y de sus familias.

La ley permite aplicar sanciones a quienes filtren o difundan imágenes, audios o videos relacionados con procesos legales vigentes.

Los Diputados aprobaron el Dictamen con Minuta de Decreto;  por el que se adiciona la fracción VII y un último párrafo al Artículo 238 del Código Penal del Estado de Quintana Roo.

La adición se inicia con el caso de la joven Ingrid Escamilla Vargas, quien el 9 de febrero de 2020, a sus 25 años de edad, fue asesinada a manos de su pareja sentimental.

El caso causó gran indignación además de la violencia extrema del feminicidio; por la insensibilidad al haber expuesto su cuerpo tal y como estaba en la escena del crimen.

Ya que las autoridades y medios de comunicación difundieron las fotografías y videos; que fueron acompañados por titulares sensacionalistas y sexistas.

“Lo más vergonzoso es que dichas fotografías fueron filtradas a los medios por servidores públicos que estaban a cargo de la investigación”, expuso Gasca Arceo, quien añadió que ese tipo de imágenes expuestas sin consentimiento alguno de las víctimas y familiares y que buscan generar el “morbo publicitario” en la gente, violentan los Derechos Humanos de las víctimas de feminicidio, de las víctimas indirectas y afectan a la comunidad en general, estando en un país que registró, tan sólo en el 2021, la alarmante cifra de mil 16 feminicidios, según datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

 

La finalidad de esta reforma es sancionar al servidor público que; por cualquier medio, o persona que revele, publique,
transmita, exponga, distribuya, comercialice o comparta imágenes o videos de las lesiones o estado de salud y cuerpo de la víctima.

A quien incurra en este delito se le darán de dos a ocho años de prisión y quinientos a mil días de multa, así como la destitución e inhabilitación para desempeñar cualquier empleo, cargo o comisión públicos, por un tiempo igual al de la pena de prisión impuesta.

Si se trata de imágenes o videos de las lesiones o estado de salud y cuerpo de la víctima, tratándose de mujeres, niñas, niños y adolescentes, personas con discapacidad, personas de la diversidad sexual, adultos mayores, indígenas y personas afromexicanas, las penas previstas en esta fracción se incrementarán hasta 50 por ciento.

En la misma sesión y faltando nueve días para concluir sus labores, los Diputados aprobaron, además, la denominada “Ley Vicaria” y la creación del Registro Estatal de Agresores Sexuales, que contendrá a las personas sentenciadas por un Juez Penal por un delito sexual en el Estado.

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Redacción
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