En QRoo la extorsión se perseguirá de oficio

La XVII Legislatura del Estado de Quintana Roo aprobó reformas al Código Penal estatal con las que se perseguirá de oficio el delito de extorsión y por las que se incrementan las sanciones para el tipo penal de aborto forzado.

En sesión ordinaria, el Pleno del Congreso aprobó el dictamen con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 124 Ter y el artículo 163 del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Quintana Roo, por el que se establece que el delito de extorsión se perseguirá de oficio.

La otra reforma al Código Penal tiene que ver con el incremento de penas para el tipo penal del aborto forzado y en la agravante para cuando en este delito se emplee la violencia como medio comisivo.

El dictamen establece que, a quien realice aborto forzado, es decir, sin el consentimiento de la mujer o persona gestante, se le impondrá de cinco a ocho años de prisión y si mediare violencia, de ocho a diez años.

Por otra parte, se aprobó el dictamen con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Presupuesto y Gasto Público, de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y de la Ley Orgánica de la Administración Pública, todas del estado de Quintana Roo.

La reforma busca reglamentar la facultad constitucional para establecer al Poder Ejecutivo los requisitos para la inclusión de erogaciones plurianuales en las iniciativas de presupuestos de egresos que someta a la autorización de la Legislatura.

 

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