Habra orden con los mototaxis que operen en Quintana Roo

El Congreso del Estado de Quintana Roo meterá al orden a los mototaxis que operan en los distintos municipios, cuya cantidad exacta se desconoce, pero que tan sólo en Cancún alcanza al menos 2 mil 500 unidades.

Mediante reformas a la Ley de Movilidad de la entidad que fueron dictaminadas por diputados locales, la regulación de ese tipo de vehículos únicamente espera ser votada y aprobada ante el Pleno en el Segundo Periodo Legislativo.

Los cambios propuestos por el presidente de la Comisión de Movilidad, José María Chacón Chable, regulan también a esos mismos vehículos que son utilizados para el reparto de comida preparada o la entrega de paquetes, al igual que a bicicletas, motonetas eléctricas y autos eléctricos en pequeña escala.

En todos los casos, los prestadores de los servicios requerirán para su operación de una concesión que deberá refrendarse anualmente mediante un trámite a realizarse en los primeros tres meses del año.

Los cambios adicionan conceptos como “Micromovilidad” para referirse a la modalidad del Servicio Público de Transporte de vehículos ligeros personales mecánicos eléctricos o de propulsión humana amigables con el ambiente, con una velocidad máxima de 50 kilómetros por hora.

A los mototaxis de tres ruedas se les impondrá la restricción de circular únicamente en las vialidades terciarias o locales autorizadas por el Instituto de Movilidad del Estado de Quintana Roo (Imoveqroo).

Únicamente podrán transitar en las vías terciarias o locales que se determinen en el permiso respectivo, pero con la prohibición estricta de transitar en avenidas primarias, vías hoteleras, zonas turísticas y en vías de comunicación de las ínsulas.

El costo del servicio estará sujeto a un contrato por kilómetro recorrido, por horas, por días y/o semanas de uso, previo permiso otorgado por la autoridad.

En las citadas modalidades de mototaxi, reparto de comida o de diligencia se deberá justificar su operación mediante una Declaratoria de Necesidad, que será publicada en el Periódico Oficial del Estado.

El documento deberá contener datos estadísticos de oferta y demanda, los vehículos requeridos y una explicación de circunstancias y estudios técnicos que sustenten la operación.

Además, deberá seguir el mismo trámite ante un eventual incremento de la cantidad de permisos, pero en todos los casos se prevé la creación de un Registro Estatal de Operadores de Taxi.

Los vehículos que presten el servicio público de pasajeros no podrán ser modificados en su diseño original de fábrica, interior o exterior, con el propósito de aumentar la capacidad de usuarios, y su operación dependerá de la elaboración de estudios previos en los que se tome la opinión y acciones de coordinación de las autoridades municipales.

Respecto al servicio privado de transporte para el reparto y diligencias que realicen por solicitud de usuarios a través de plataformas digitales se requerirá también de una autorización del Instituto.

Las personas morales que operen a través de plataformas digitales estarán obligadas a cubrir un gravamen del 2 por ciento del costo de cada viaje contratado, cuyo monto recaudado será destinado al Fondo de Movilidad para el Estado de Quintana Roo, entre otras obligaciones.

Los cambios a la Ley de Movilidad alcanzan también a las ambulancias privadas para el traslado de urgencias básicas o avanzadas, de cuidados intensivos ya sea marítima o terrestre.

Los vehículos de traslado de personas con alguna urgencia médica deberán obtener un dictamen técnico para su funcionamiento expedido por la Secretaría de Salud, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) y un permiso del Imoveqroo.

Al personal médico y paramédico se les exigirá contar con la certificación académica que avale sus conocimientos para la prestación del servicio.

En la aprobación del dictamen votaron a favor los diputados locales José María Chacón Chablé, María José Osorio Rosas, Humberto Aldana, y Maritza Deyanira Basurto Basurto.

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